Art. 1
En vigor desde 10 jul 2025
Artículo 1
1. De conformidad con el artículo 14, apartado 5, del Reglamento (UE) 2016/1036, se insta a las autoridades aduaneras a que adopten las medidas adecuadas para registrar las importaciones en la Unión de ácido fosforoso, en forma sólida o líquida (acuosa), también denominado ácido fosfónico, al que generalmente corresponden los números CAS (Chemical Abstracts Service) 13598-36-2 y 10294-56-1 y los números CUS (Customs and Statistics) 0021895-1 y 0043878-8, clasificado actualmente en el código NC 2811 19 80 (código TARIC 2811 19 80 60) y originario de la República Popular China.
2. El registro expirará nueve meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
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