Art. 13 · Mediación

Art. 13

Mediación

En vigor desde 1 jul 2025
Artículo 13 Mediación 1.   Si el proveedor de datos no está de acuerdo con la decisión del coordinador de servicios digitales de establecimiento sobre la solicitud de modificación, el proveedor de datos podrá, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la comunicación por parte del coordinador de servicios digitales de establecimiento de conformidad con el artículo 40, apartado 6, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2022/2065, solicitar por escrito al coordinador de servicios digitales de establecimiento que participe en una mediación. 2.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento no estará obligado a participar en el proceso de mediación. 3.   La solicitud escrita a que se refiere el apartado 1 incluirá una descripción concisa de los elementos específicos de la decisión, comunicados por el coordinador de servicios digitales de establecimiento de conformidad con el artículo 40, apartado 6, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2022/2065, a los que se opone el proveedor de datos. 4.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento y el proveedor de datos acordarán la designación de un mediador e iniciarán la mediación en un plazo de 20 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud de mediación con arreglo al apartado 3. 5.   Antes de aceptar la designación de un mediador, el coordinador de servicios digitales de establecimiento verificará que es imparcial e independiente y posee los conocimientos especializados pertinentes en relación con el asunto descrito en la solicitud escrita a que se refiere el apartado 1. 6.   El proveedor de datos correrá con todos los costes de la mediación. 7.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento informará al investigador principal de la solicitud de mediación a que se refiere el apartado 1 sin demora indebida y podrá decidir invitar al investigador principal a participar en la mediación como parte. Cuando la solicitud de acceso a los datos se haya presentado al coordinador de servicios digitales del organismo de investigación, el coordinador de servicios digitales de establecimiento podrá invitar al coordinador de servicios digitales del organismo de investigación a participar en el proceso de mediación. Las partes a quienes haya invitado el coordinador de servicios digitales a participar en el proceso de mediación no estarán obligadas a hacerlo. 8.   La participación en la mediación no afectará al derecho de las partes a iniciar procedimientos judiciales en cualquier momento antes, durante o después de la mediación. 9.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento fijará un plazo para la mediación, que no excederá de 40 días hábiles a partir del día de inicio de la mediación con arreglo al apartado 4. 10.   El mediador podrá poner fin a la mediación antes de tiempo en uno de los casos siguientes: a) una de las partes solicita explícitamente que se ponga fin a la mediación; b) resulta evidente por la conducta de las partes durante la mediación, que incluye la falta de buena fe, que es improbable que se alcance un acuerdo. 11.   Cuando la mediación dé lugar a un acuerdo entre las partes, el coordinador de servicios digitales de establecimiento tendrá en cuenta dicho acuerdo y, en su caso, modificará la solicitud motivada e informará de la modificación al investigador principal. 12.   En caso de que las partes no logren alcanzar un acuerdo, el coordinador de servicios digitales de establecimiento notificará al proveedor de datos que la decisión del coordinador de servicios digitales de establecimiento sobre la solicitud de modificación, en su última versión comunicada con arreglo al artículo 40, apartado 6, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2022/2065, se considerará válida y servirá de base pertinente para nuevas etapas del proceso e informará al investigador principal. 13.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento registrará en AGORA un resumen de la mediación, preparado por el mediador y firmado por todas las partes. En este resumen constará la información siguiente: a) la fecha de la solicitud escrita de mediación por parte del proveedor de datos; b) la identidad y los datos de contacto de las partes; c) las fechas de inicio y finalización de la mediación; d) el resultado de la mediación, incluido cualquier acuerdo alcanzado o el motivo de la finalización de la mediación.
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