Art. 18 · Información sobre el gobierno corporativo de la empresa

Art. 18

Información sobre el gobierno corporativo de la empresa

En vigor desde 12 jun 2025
Artículo 18 Información sobre el gobierno corporativo de la empresa [Artículo 27 quinquies bis, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) n.o 600/2014] 1.   Los solicitantes que pretendan obtener autorización para gestionar un PIC de conformidad con el artículo 27 quinquies ter del Reglamento (UE) n.o 600/2014 deberán incluir, en su solicitud de autorización, información sobre las políticas internas en materia de gobierno corporativo de la empresa y los procedimientos por los que se rijan su órgano de dirección, su alta dirección y, en su caso, los comités. 2.   La información contemplada en el apartado 1 incluirá: a) una descripción de los procesos de selección, designación, evaluación del desempeño y destitución de la alta dirección y de los miembros del órgano de dirección; b) una descripción de las líneas jerárquicas e indicación de la frecuencia con la que debe presentarse información a la alta dirección y al órgano de dirección; c) una descripción de las políticas y procedimientos relativos al acceso a los documentos por parte de los miembros del órgano de dirección.
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