Art. 3 · Procedimiento de comité

Art. 3

Procedimiento de comité

En vigor desde 5 jun 2025
Artículo 3 Procedimiento de comité 1.   La Comisión estará asistida por el Comité sobre salvaguardias establecido en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/478. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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