Art. 6 · Gestión de la liquidez, reserva de activos y derechos de reembolso

Art. 6

Gestión de la liquidez, reserva de activos y derechos de reembolso

En vigor desde 5 jun 2025
Artículo 6 Gestión de la liquidez, reserva de activos y derechos de reembolso 1.   La solicitud de autorización contendrá la siguiente información que garantice el cumplimiento de los requisitos en materia de gestión de la liquidez y de reserva de activos: a) el marco exhaustivo y detallado que ilustre la constitución, composición, gestión y segregación de la reserva de activos, de conformidad con el Reglamento Delegado de la Comisión por el que se establecen las normas técnicas adoptadas en virtud del artículo 36, apartado 4, del Reglamento (UE) 2023/1114; b) la política clara y detallada que describa el mecanismo de estabilización de la ficha referenciada a activos para la que se solicita la autorización, de conformidad con el artículo 36, apartado 8, del Reglamento (UE) 2023/1114; c) el nombre del consultor externo que se encargará de la auditoría independiente de la reserva de activos cada seis meses, de conformidad con el artículo 36, apartado 9, del Reglamento (UE) 2023/1114; d) la política y los procedimientos detallados sobre la custodia de la reserva de activos, incluida la modalidad de custodia seleccionada, que garanticen el cumplimiento del artículo 37 del Reglamento (UE) 2023/1114; e) la descripción clara y detallada de la política de inversión de la reserva de activos, de conformidad con el Reglamento Delegado de la Comisión por el que se establecen las normas técnicas adoptadas en virtud del artículo 38, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1114; f) los detalles de los acuerdos contractuales celebrados con terceros para la gestión, la inversión y la custodia de la reserva de activos, de conformidad con las políticas a que se refieren las letras d) y e). A efectos de la letra a), cuando el emisor solicitante solicite la clasificación voluntaria de la ficha referenciada a activos como ficha significativa referenciada a activos, el marco contendrá la política y los procedimientos de gestión de la liquidez. El marco también ilustrará las líneas de rendición de cuentas al órgano de dirección y cómo se garantizará la responsabilidad del órgano de dirección en la gestión prudente de la reserva de activos. A efectos de lo dispuesto en la letra f), la descripción detallada indicará el nombre y los datos de contacto de los proveedores terceros de servicios e ilustrará las funciones, responsabilidades, derechos y obligaciones tanto del emisor de fichas referenciadas a activos como de los proveedores terceros de servicios durante las actividades ordinarias y en caso de aplicación del plan de reembolso, incluida la legislación aplicable al contrato. Cuando dichos servicios se consideren actividades esenciales para el reembolso ordenado de conformidad con el artículo 47, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2023/1114, la descripción indicará también que el contrato no puede rescindirse, sino que permanecerá vigente en caso de aplicación del plan de reembolso de conformidad con el artículo 47, apartado 1, de dicho Reglamento. La descripción de los acuerdos contractuales incluirá también la información a que se refiere el artículo 5, apartado 2, del presente Reglamento, según proceda. La descripción de los acuerdos contractuales con proveedores terceros de servicios para la custodia de la reserva de activos incluirá las medidas adoptadas por el proveedor tercero de servicios para garantizar la separación jurídica y operativa de sus propios activos. 2.   La solicitud de autorización contendrá asimismo los elementos siguientes: a) una política y unos procedimientos claros y detallados que garanticen el respeto de los derechos de reembolso concedidos a los titulares de la ficha referenciada a activos de conformidad con el artículo 39 del Reglamento (UE) 2023/1114; b) un esbozo del plan de recuperación que debe elaborarse de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (UE) 2023/1114; c) el plan de reembolso que debe presentarse de conformidad con el artículo 47 del Reglamento (UE) 2023/1114.
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