Art. 7
Solicitud de ayuda financiera y plan de inversión de la industria europea de defensa
En vigor desde 27 may 2025
Artículo 7
Solicitud de ayuda financiera y plan de inversión de la industria europea de defensa
1. Los Estados miembros que deseen recibir ayuda financiera en el marco del Instrumento SAFE enviarán a tal efecto una solicitud a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre de 2025. La solicitud irá acompañada de un plan de inversión de la industria europea de defensa (en lo sucesivo, «plan»).
2. El plan estará debidamente motivado y justificado. Establecerá asimismo los elementos siguientes:
a)
una descripción del producto de defensa y de los demás productos con fines de defensa;
b)
una descripción de las actividades planeadas, los gastos estimados y las medidas de conformidad con el artículo 4;
c)
cuando proceda, una descripción de la participación prevista de Ucrania en las actividades, los gastos y las medidas planeados, o de las acciones previstas en beneficio de Ucrania;
d)
una descripción de las medidas planeadas destinadas a garantizar la conformidad con el artículo 16 y las normas en materia de adquisiciones, incluida una descripción de cómo debe garantizarse dicha conformidad.
3. Cuando proceda, los Estados miembros incluirán una descripción de las actividades destinadas a reforzar la seguridad del suministro y la resiliencia, en particular las que consistan en facilitar el acceso al mercado de la defensa para las pymes, las empresas de mediana capitalización y los nuevos agentes de defensa.
4. Al elaborar sus planes, los Estados miembros podrán solicitar a la Comisión que organice un intercambio de buenas prácticas y, cuando proceda, busque sinergias con planes de inversión de la industria de defensa de otros Estados miembros que permitan a los Estados miembros solicitantes beneficiarse de la experiencia de otros Estados miembros.
5. Los Estados miembros podrán presentar a la Comisión una solicitud modificada de ayuda financiera acompañada de un plan modificado cuando esté debidamente justificado por un cambio en los gastos o las medidas planeados y en función de la disponibilidad de los importes de los préstamos.
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