Art. 6
Capacidad para ejecutar el proyecto completamente y en plazo
En vigor desde 23 may 2025
Artículo 6
Capacidad para ejecutar el proyecto completamente y en plazo
1. Los criterios de preclasificación relacionados con la capacidad de ejecutar el proyecto completamente y en plazo exigirán a los licitadores que presenten dos o más de los documentos siguientes:
a)
documentación para identificar al licitador o licitadores en el caso de un consorcio de licitadores;
b)
documentación que demuestre el cumplimiento de la legislación aplicable, incluidos los permisos pertinentes necesarios para construir y explotar el proyecto o documentación que demuestre la admisibilidad para obtener dichos permisos;
c)
documentación sobre la situación financiera y económica de la empresa que demuestre su capacidad financiera para completar el proyecto y hacer frente a posibles pasivos en lugar de declararse en quiebra o evitar hacer frente a estos pasivos por otros medios, como los requisitos sobre el patrimonio neto mínimo, los beneficios o las calificaciones de la deuda a largo plazo;
d)
una descripción del proyecto de conformidad con los requisitos incluidos en el pliego de condiciones de la subasta;
e)
pruebas de la viabilidad técnica, los conocimientos y la experiencia necesarios para completar el proyecto, incluidas pruebas de la experiencia adquirida en la realización de proyectos similares;
f)
un calendario para la construcción y la explotación del proyecto, incluidas las fechas de todas las etapas intermedias pertinentes que conduzcan a la finalización de este.
2. Los requisitos del apartado 1 del presente artículo se modularán en función de los costes del proyecto, sus riesgos, la capacidad de este, la madurez de la tecnología, el grado de innovación que requiera la subasta y otras condiciones pertinentes del mercado.
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