Art. 4
Correcciones
En vigor desde 16 abr 2025
Artículo 4
Correcciones
En el caso de que la asignación de los ingresos se corrija tras la publicación de la información a que se refiere el artículo 21 del Reglamento (UE) 2023/2631, los emisores de bonos comercializados como medioambientalmente sostenibles o de bonos vinculados a la sostenibilidad actualizarán inmediatamente dicha información en consecuencia y la publicarán sin demora indebida.
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