Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 28 mar 2025
Artículo 1
Ámbito de aplicación
1. El presente Reglamento se aplicará a las personas físicas que realicen las actividades siguientes:
a)
instalación, mantenimiento, revisión, reparación y desmontaje de conmutadores eléctricos fijos que contengan gases fluorados de efecto invernadero enumerados en el anexo I, en el anexo II, sección &, y en el anexo III del Reglamento (UE) 2024/573;
b)
recuperación de gases fluorados de efecto invernadero de conmutadores eléctricos fijos.
2. El presente Reglamento no se aplicará a las actividades de producción efectuadas en el lugar de producción de los conmutadores eléctricos fijos.
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