Art. 10
Condiciones relativas a la capacidad financiera y operativa
En vigor desde 17 mar 2025
Artículo 10
Condiciones relativas a la capacidad financiera y operativa
1. Los criterios establecidos en el artículo 17, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2023/956 se cumplirán cuando se satisfagan las condiciones siguientes:
a)
que el solicitante no esté incurso en un procedimiento concursal;
b)
que el solicitante no se encuentre en situación de retraso importante en el pago de derechos de aduana, impuestos o gravámenes recaudados sobre la importación de mercancías o en relación con ella o por razón de obligaciones reglamentarias financieras;
c)
que el solicitante demuestre una capacidad financiera suficiente para cumplir sus obligaciones y compromisos teniendo en cuenta el tipo y el volumen de la actividad económica realizada, indicando las cifras financieras y cualquier otra información financiera;
d)
que el solicitante cuente con una organización administrativa adecuada para el cumplimiento de las obligaciones estimadas de entrega de certificados MAFC y disponga de controles internos capaces de prevenir, detectar y corregir errores en las declaraciones MAFC y en la gestión de los certificados MAFC, así como de prevenir y detectar transacciones ilegales o irregulares.
2. Si el solicitante lleva establecido menos de dos años, la capacidad financiera a que se refiere el artículo 17, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2023/956 se comprobará y evaluará sobre la base de los registros y la información disponibles.
3. Al examinar las condiciones a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, la autoridad competente examinará los datos aportados en la solicitud y, cuando sea necesario, los documentos justificativos presentados junto con la solicitud, y tendrá en cuenta las características específicas del solicitante, incluida la información relativa al volumen estimado de las importaciones facilitada por el solicitante de conformidad con el artículo 5, apartado 5, letra g), del Reglamento (UE) 2023/956.
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