Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 feb 2025
Artículo 1 En el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/1139, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: «En lo que se refiere al ruido y las emisiones, dichas aeronaves y sus motores, hélices, componentes y equipos no instalados cumplirán los requisitos de protección medioambiental incluidos en la enmienda 14 al volumen I, en la enmienda 11 al volumen II y en la enmienda 2 al volumen III, todas ellas aplicables el 1 de enero de 2024, del anexo 16 del Convenio de Chicago.».
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