Art. 11
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 14 feb 2025
Artículo 11
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de marzo de 2025.
No obstante, el artículo 3, apartado 1, párrafo segundo, será aplicable a partir del 1 de enero de 2026.
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