Art. 2
Autorización
En vigor desde 31 ene 2025
Artículo 2
Autorización
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», para todas las especies de aves de corral (excepto los patos) para puesta distintas de las gallinas ponedoras, para engorde, excepto los pollos y los pavos, criadas para reproducción y criadas para puesta, en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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