Art. 1 · Recogida y secuenciación del genoma completo de aislados de patógenos de transmisión alimentaria asociados a brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos

Art. 1

Recogida y secuenciación del genoma completo de aislados de patógenos de transmisión alimentaria asociados a brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos

En vigor desde 31 ene 2025
Artículo 1 Recogida y secuenciación del genoma completo de aislados de patógenos de transmisión alimentaria asociados a brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos 1.   La autoridad competente responsable de la investigación de un brote de enfermedades transmitidas por los alimentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Directiva 2003/99/CE recogerá, sin demora indebida, aislados de Salmonella enterica, Listeria monocytogenes, Escherichia coli, Campylobacter jejuni y Campylobacter coli cuando dichos patógenos estén relacionados o se sospeche que estén relacionados con un brote de enfermedad transmitida por los alimentos, sobre la base de la información analítica o epidemiológica disponible, en el Estado miembro de tal autoridad competente o en otro Estado miembro y provengan de muestras tomadas de los alimentos, animales, piensos o el entorno relacionado sospechosos durante las investigaciones de brotes transmitidos por los alimentos. 2.   La autoridad competente llevará a cabo la secuenciación del genoma completo de al menos un aislado de cada serovariedad, biotipo o tipo molecular de los aislados recogidos que se mencionan en el apartado 1 del presente artículo en un laboratorio oficial a que se refiere el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) que esté acreditado para este método de conformidad con la norma ISO 17025. 3.   Cuando estén disponibles, los explotadores de empresas alimentarias y de piensos presentarán a la autoridad competente, a petición de esta, los aislados de los patógenos que se mencionan en el apartado 1 y los resultados relacionados de la secuenciación del genoma completo de sus propias investigaciones, cuando estén relacionados o se sospeche que estén relacionados con un brote, junto con los datos conexos a que se refiere el artículo 2, apartado 2.
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