Art. 4
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 28 ene 2025
Artículo 4
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de febrero de 2025.
Historial de versiones
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