Art. 20 · Informe de ensayo

Art. 20

Informe de ensayo

En vigor desde 13 ene 2025
Artículo 20 Informe de ensayo 1.   La autoridad de homologación otorgante incluirá en los informes de ensayo a que se refiere el artículo 5, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2024/1127, al menos la siguiente información sobre cada familia sometida a ensayo: a) el tipo de ensayos realizados; b) la lista de comprobación de vehículos; c) las condiciones de ensayo; d) los resultados de los ensayos de cada uno de los vehículos o neumáticos de ensayo; e) la evaluación estadística de los resultados de los ensayos; f) si procede, el cálculo de la magnitud de la desviación; g) en el caso de un ensayo de estrategias artificiales: los criterios utilizados para evaluar los resultados de los ensayos. 2.   En el plazo de veinte días laborables a partir del final de los ensayos, la autoridad de homologación otorgante pondrá el informe de ensayo a disposición del fabricante de los vehículos o neumáticos de que se trate y lo cargará en un formato cifrado en un servidor específico de la Comisión, junto con los siguientes datos para cada uno de los vehículos de ensayo o neumáticos: a) para cada ensayo VTP realizado, los datos especificados en el punto 1 del anexo IV del presente Reglamento; b) para cada ensayo de resistencia aerodinámica realizado, los datos especificados en el punto 2 del anexo IV del presente Reglamento; c) para cada ensayo de resistencia aerodinámica con el método del CFD realizado, los datos y cálculos especificados en el apéndice 10 del anexo VIII del Reglamento (UE) 2017/2400; d) para cada ensayo del coeficiente de resistencia a la rodadura de los neumáticos realizado, los datos especificados en el punto 3 del anexo IV del presente Reglamento; e) para cada ensayo de masa realizado, los datos especificados en el punto 4 del anexo IV del presente Reglamento. Los datos y parámetros especificados en las letras a) a e) no se publicarán. Cuando todos los datos se hayan cargado correctamente para todos los vehículos o neumáticos sometidos a ensayo de una familia, se enviará un recibo del servidor de la Comisión a la entidad que los haya cargado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2025:35:oj#art-20