Art. 1
En vigor desde 7 ene 2025
Artículo 1
Se reabre la pesquería de raya mosaico en aguas de la Unión de la zona 9 para la campaña de pesca de 2024, para los buques que enarbolan pabellón de España o que están matriculados en dicho país, tal como se indica en el anexo.
Queda derogado el Reglamento (UE) 2024/1819.
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