Art. 1
Objeto
En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 1
Objeto
1. El presente Reglamento establece los requisitos técnicos y administrativos y los procedimientos para la homologación de tipo UE, la homologación individual UE y la introducción en el mercado de todas las máquinas móviles no de carretera nuevas destinadas a circular por la vía pública.
2. El presente Reglamento también establece las normas y los procedimientos para la vigilancia del mercado de las máquinas móviles no de carretera.
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