Art. 5 · Información sobre las personas que dirigirán las actividades de la entidad objetivo

Art. 5

Información sobre las personas que dirigirán las actividades de la entidad objetivo

En vigor desde 18 dic 2024
Artículo 5 Información sobre las personas que dirigirán las actividades de la entidad objetivo Cuando el adquirente propuesto tenga la intención de nombrar a uno o más miembros del órgano de dirección de la entidad objetivo, la notificación contendrá, respecto de cada uno de los miembros propuestos, toda la información a que se refiere el artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2025/305 de la Comisión (10).
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