Art. 13
Instrucciones de las órdenes
En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 13
Instrucciones de las órdenes
Los proveedores de servicios de criptoactivos que gestionen una plataforma de negociación de criptoactivos mantendrán registros de todas las instrucciones recibidas en relación con cada orden, tal como se especifica en la sección J del cuadro 2 del anexo.
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