Art. 1 · Formulario normalizado para los informes

Art. 1

Formulario normalizado para los informes

En vigor desde 25 nov 2024
Artículo 1 Formulario normalizado para los informes Los proveedores de servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración utilizarán el formulario normalizado que figura en el anexo del presente Reglamento cuando publiquen y presenten a la autoridad de control competente y a la Comisión un informe sobre el tratamiento de datos personales con arreglo al artículo 3, apartado 1, letra g), inciso vii), del Reglamento (UE) 2021/1232.
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