Art. 5
Celebración del acuerdo por escrito contemplado en el artículo 119, apartado 6, del Reglamento (UE) 2023/1114
En vigor desde 31 oct 2024
Artículo 5
Celebración del acuerdo por escrito contemplado en el artículo 119, apartado 6, del Reglamento (UE) 2023/1114
1. La ABE comunicará su propuesta relativa al acuerdo por escrito contemplado en el artículo 119, apartado 6, del Reglamento (UE) 2023/1114 a los miembros del colegio determinados de conformidad con el apartado 2 de dicho artículo y los invitará a presentar sus observaciones en el plazo de diez días naturales.
2. A efectos de la formalización del acuerdo por escrito a que se refiere el apartado 1, la ABE tendrá en cuenta toda observación o reserva formulada por los miembros del colegio. En caso de no incluir dichas observaciones o reservas en el acuerdo por escrito, la ABE motivará su decisión.
3. Una vez formalizado el acuerdo por escrito a que se refiere el apartado 1, la ABE comunicará las normas y disposiciones por escrito en materia de coordinación y cooperación a los miembros del colegio.
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