Art. 1
Objeto
En vigor desde 30 oct 2024
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 en relación con:
a)
los procedimientos de solicitud de inscripción en el registro, aprobación de modificaciones de la Unión, comunicación de modificaciones normales y cancelación de la inscripción en el registro, así como los relacionados con la gestión del registro de indicaciones geográficas de la Unión y el establecimiento de un sistema de certificación del cumplimiento para las indicaciones geográficas;
b)
los procedimientos de solicitud de inscripción en el registro, aprobación de modificaciones y cancelación de la inscripción en el registro, así como los relacionados con la gestión del registro de especialidades tradicionales garantizadas de la Unión y el establecimiento de un sistema de certificación del cumplimiento para las especialidades tradicionales garantizadas;
c)
el etiquetado y las comunicaciones de las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas.
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