Art. 1
En vigor desde 24 oct 2024
Artículo 1
Queda inscrita en el Registro de Indicaciones Geográficas de la Unión a que se refiere el artículo 22 del Reglamento (UE) 2024/1143 la indicación geográfica «Chistorra de Navarra/Txistorra de Navarra/Nafarroako Txistorra» (IGP).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2024:2793:oj#art-1