Art. 2

Art. 2

En vigor desde 9 oct 2024
Artículo 2 La Comisión y las autoridades nacionales, en su calidad de corresponsables del tratamiento de datos en el Sistema de Alerta Rápida «Safety Gate» con arreglo al artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/679 y al artículo 28 del Reglamento (UE) 2018/1725, desempeñarán las funciones y responsabilidades que se especifican en el anexo del presente Reglamento.
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