Art. 3
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 25 sept 2024
Artículo 3
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir de la fecha en que sea aplicable el acto de ejecución adoptado de conformidad con el artículo 46, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/848.
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