Art. 227 · Aspectos presupuestarios

Art. 227

Aspectos presupuestarios

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 227 Aspectos presupuestarios Las contribuciones, así como los créditos reservados para organismos o expertos de auditoría externos independientes a que se refiere el artículo 23 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1141/2014, serán abonados con cargo a la sección del presupuesto relativo al Parlamento Europeo.
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