Art. 2 · Autorización

Art. 2

Autorización

En vigor desde 9 sept 2024
Artículo 2 Autorización Se autoriza el uso como aditivo en piensos para mascotas y otros animales no productores de alimentos que no sean animales acuáticos de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional «reguladores de la acidez», y a la categoría de «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «aromatizantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2024:2393:oj#art-2