Art. 2
Autorización
En vigor desde 9 sept 2024
Artículo 2
Autorización
Se autoriza el uso como aditivo en piensos para mascotas y otros animales no productores de alimentos que no sean animales acuáticos de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional «reguladores de la acidez», y a la categoría de «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «aromatizantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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