Art. 7 · Requisitos específicos relacionados con las enfermedades de categoría A que figuran en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/690 para los compartimentos de las especies y categorías de animales terrestres pertinentes de la lista

Art. 7

Requisitos específicos relacionados con las enfermedades de categoría A que figuran en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/690 para los compartimentos de las especies y categorías de animales terrestres pertinentes de la lista

En vigor desde 30 jul 2024
Artículo 7 Requisitos específicos relacionados con las enfermedades de categoría A que figuran en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/690 para los compartimentos de las especies y categorías de animales terrestres pertinentes de la lista 1.   Además de la información a la que se hace referencia en la parte III del anexo I, las solicitudes de aprobación del estatus de libre de enfermedad en relación con la gripe aviar de alta patogenicidad de compartimentos de aves de corral contendrán los elementos siguientes: a) una descripción detallada del compartimento de aves de corral, como se prevé en la parte I, sección 1, del anexo II; b) una descripción detallada del sistema común de gestión de la bioprotección del compartimento de aves de corral, como se prevé en la parte I, sección 2, del anexo II; c) una descripción detallada de las medidas de protección y vigilancia, como se prevé en la parte II, sección 1, del anexo II. 2.   Además de la información a la que se hace referencia en la parte III del anexo I, las solicitudes de aprobación del estatus de libre de enfermedad en relación con la infección por el virus de la enfermedad de Newcastle de compartimentos de aves de corral contendrán la siguiente información: a) una descripción detallada del compartimento de aves de corral, como se prevé en la parte I, sección 1, del anexo II; b) una descripción detallada del sistema común de gestión de la bioprotección del compartimento de aves de corral, como se prevé en la parte I, sección 2, del anexo II; c) una descripción detallada de las medidas de protección y vigilancia, como se prevé en la parte II, sección 2, del anexo II.
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