Art. 1
En vigor desde 30 jul 2024
Artículo 1
1. Se autoriza la comercialización del aceite de Schizochytrium limacinum (TKD-1) en la Unión.
El aceite de Schizochytrium limacinum (TKD-1) se incluirá en la lista de la Unión de nuevos alimentos establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.
2. El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2024:2049:oj#art-1