Art. 35 · Procedimientos relativos a las actividades de verificación

Art. 35

Procedimientos relativos a las actividades de verificación

En vigor desde 26 jul 2024
Artículo 35 Procedimientos relativos a las actividades de verificación 1.   El verificador establecerá, documentará, aplicará y mantendrá uno o varios procedimientos y procesos para las actividades de verificación contempladas en los artículos 4 a 29. 2.   Al establecer y aplicar estos procedimientos y procesos, el verificador realizará las actividades de conformidad con la norma armonizada establecida en el Reglamento (CE) n.o 765/2008 en relación con los requisitos aplicables a los organismos de validación y verificación de gases de efecto invernadero para su uso en la acreditación o en otras modalidades de reconocimiento. 3.   El verificador establecerá, documentará, aplicará y mantendrá un sistema de gestión de la calidad para garantizar la elaboración, ejecución, mejora y revisión coherentes de los procedimientos y procesos de conformidad con la norma armonizada mencionada en el apartado 2. 4.   El sistema de gestión de la calidad contemplado en el apartado 3 incluirá los elementos siguientes: a) ámbitos de actuación y responsabilidades; b) examen de gestión; c) auditorías internas; d) medidas correctoras; e) medidas para abordar el riesgo y las oportunidades, y medidas preventivas; f) control de la información documentada. 5.   Además, el verificador establecerá los siguientes procedimientos, procesos y mecanismos, de conformidad con la norma armonizada mencionada en el apartado 2: a) un proceso y una estrategia de comunicación con la empresa; b) mecanismos apropiados para salvaguardar la confidencialidad de la información obtenida; c) un proceso de tramitación de recursos de las empresas; d) un proceso de tramitación de reclamaciones, incluido un plazo indicativo, de las empresas; e) un proceso para la emisión de un informe de verificación revisado en caso de que, con posterioridad a la presentación por el verificador del informe de verificación a la empresa, se observe un error en dicho informe de verificación, en el informe FuelEU o en el informe parcial FuelEU; f) un procedimiento o proceso de subcontratación de actividades de verificación a otras organizaciones; g) un procedimiento o proceso para garantizar que el verificador asume la plena responsabilidad de las actividades de verificación realizadas por personas contratadas; h) procesos que garanticen el correcto funcionamiento del sistema de gestión de la calidad a que se refiere el apartado 3, incluidos los siguientes: i) procesos para revisar el sistema de gestión de la calidad como mínimo una vez al año, en un plazo de como máximo quince meses entre dichas revisiones; ii) procesos para la realización de auditorías internas como mínimo una vez al año, en un plazo de como máximo quince meses entre dichas auditorías; iii) procesos para detectar y gestionar las irregularidades de las actividades del verificador y adoptar medidas correctoras para abordarlas; iv) procesos para detectar los riesgos y las oportunidades de las actividades del verificador y adoptar medidas preventivas para mitigar los primeros; v) procesos para el control de la información documentada.
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