Art. 22
Recomendaciones de mejora
En vigor desde 26 jul 2024
Artículo 22
Recomendaciones de mejora
1. El verificador comunicará a la empresa recomendaciones de mejora en lo que se refiere a inexactitudes e irregularidades no corregidas que no den lugar a inexactitudes importantes.
2. El verificador podrá comunicar otras recomendaciones de mejora que considere pertinentes, a la luz de los resultados de las actividades de verificación.
3. Cuando comunique recomendaciones a la empresa, el verificador deberá mantener su imparcialidad frente a la empresa, el buque y el sistema de seguimiento y notificación. No deberá poner en peligro su imparcialidad asesorando o desarrollando partes del proceso de seguimiento y notificación con arreglo al Reglamento (UE) 2023/1805.
4. Durante la verificación siguiente al año en el que se hayan formulado recomendaciones de mejora en un informe de verificación con arreglo a los apartados 1 y 2, el verificador comprobará si la empresa las ha aplicado y de qué manera lo ha hecho. Cuando la empresa no haya aplicado dichas recomendaciones, el verificador determinará si esto aumenta o puede aumentar el riesgo de inexactitudes.
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