Art. 21 · Conclusión de la verificación del informe FuelEU y del informe parcial FuelEU

Art. 21

Conclusión de la verificación del informe FuelEU y del informe parcial FuelEU

En vigor desde 26 jul 2024
Artículo 21 Conclusión de la verificación del informe FuelEU y del informe parcial FuelEU Para completar la verificación del informe FuelEU y del informe parcial FuelEU, el verificador deberá: a) confirmar que se han llevado a cabo todas las actividades de verificación; b) realizar procedimientos analíticos finales en relación con los datos agregados, con el fin de garantizar que estén libres de inexactitudes importantes; c) comprobar si la información contenida en el informe cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2023/1805; d) preparar la documentación de verificación interna y el proyecto de informe y presentarlos al revisor independiente con arreglo al artículo 24; e) autorizar a una persona para que autentique el informe sobre la base de las conclusiones del revisor independiente y de las pruebas recogidas en la documentación de verificación interna, y lo notifique a la empresa.
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