Art. 1
En vigor desde 23 jul 2024
Artículo 1
El apartado 1 de la sección «CMC 11: SUBPRODUCTOS CON ARREGLO A LA DIRECTIVA 2008/98/CE» del anexo II, parte II, del Reglamento (UE) 2019/1009 se modifica como sigue:
1)
La letra b) se sustituye por el texto siguiente:
«b)
polímeros distintos de:
i)
los polímeros que son el resultado de un proceso de polimerización que ha tenido lugar en la naturaleza, independientemente del proceso de extracción a través del cual han sido extraídos, y que no son sustancias químicamente modificadas en el sentido del artículo 3, apartado 40, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006;
ii)
los polímeros que son degradables de conformidad con el anexo XVII, apéndice 15, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006;
iii)
los polímeros con una solubilidad superior a 2 g/l de conformidad con el anexo XVII, apéndice 16, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006; o
iv)
los polímeros que no contienen átomos de carbono en su estructura química.».
2)
Se inserta la siguiente letra b bis) siguiente:
«b
bis) polímeros incluidos en las CMC 8 y 9;».
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