Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 27 jun 2024
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento impone obligaciones a los FI y, en ciertos casos, a otros intermediarios financieros (OIF) y a instituciones financieras monetarias (IFM), de presentación de información estadística sobre sus activos, pasivos, ingresos recibidos, dividendos desembolsados y comisiones pagadas por los partícipes a los FI.
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