Art. 1
Información que deben presentar los consumidores y otros interesados
En vigor desde 21 jun 2024
Artículo 1
Información que deben presentar los consumidores y otros interesados
1. La Comisión diseñará el portal Safety Gate para que los consumidores y otros interesados puedan informar a la Comisión sobre los productos que podrían presentar un riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores, y proporcionar la información siguiente:
a)
datos que identifiquen el producto que puede presentar un riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores;
b)
cualquier datos disponibles sobre la cadena de suministro del producto en cuestión, en particular el operador económico o el prestador de un mercado en línea a través del cual hayan adquirido el producto, así como el país de establecimiento del operador económico o el prestador de un mercado en línea, y la persona responsable del producto con arreglo al artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/1020 o al artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/988, según proceda;
c)
datos que respalden el posible riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores que presenta el producto, incluidas, cuando proceda, la descripción y las circunstancias del accidente y la descripción de las lesiones u otros daños que se hayan producido;
d)
su Estado miembro de residencia o el Estado miembro en el que se encuentren;
e)
su nombre y datos de contacto;
f)
información sobre los contactos directos que el consumidor u otro interesado haya tenido con el operador económico o el prestador de un mercado en línea pertinente.
2. La Comisión diseñará el portal Safety Gate de manera que se eviten o minimicen los posibles usos indebidos o amenazas para su seguridad técnica.
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