Art. 31
Extracción, presentación y publicación de los datos relativos a las actividades
En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 31
Extracción, presentación y publicación de los datos relativos a las actividades
1. Las autoridades competentes en materia de SoHO verificarán que las entidades de SoHO que tengan obligaciones de recopilar datos relativos a las actividades y de presentar informes con arreglo al artículo 41 presenten a sus autoridades competentes en materia de SoHO, a través de la Plataforma SoHO de la UE, un informe anual con dichos datos de actividad. La Plataforma SoHO de la UE permitirá la compilación de los informes anuales presentados por las entidades de SoHO y proporcionará a las autoridades competentes en materia de SoHO un informe anual agregado con los datos de actividad de sus entidades de SoHO.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, los Estados miembros podrán decidir que las entidades de SoHO presenten los datos de actividad a que se refiere el artículo 41, apartado 1, a las autoridades competentes en materia de SoHO a través de registros nacionales o internacionales, en los casos en que dichos registros recopilen datos de actividad que coincidan con los conjuntos de datos indicados en la Plataforma SoHO de la UE. En tal caso, las autoridades competentes en materia de SoHO presentarán dichos datos de actividad de conformidad con los actos de ejecución adoptados en virtud del artículo 41, apartado 3.
3. Las autoridades competentes en materia de SoHO velarán por que el informe anual agregado de los datos relativos a las actividades en materia de SoHO correspondientes a sus entidades de SoHO se ponga a disposición del público en sus Estados miembros, también a través de internet. El informe anual agregado de datos de actividad también podrá publicarse en la Plataforma SoHO de la UE tras su revisión y aprobación por parte de las autoridades nacionales en materia de SoHO.
4. La Comisión compilará los informes anuales agregados de las autoridades competentes en materia de SoHO y elaborará un informe anual de actividad de la Unión en materia de SoHO. Tras haber compartido dicho informe con las autoridades nacionales en materia de SoHO para su revisión y aprobación, la Comisión publicará el informe anual de actividad de la Unión en materia de SoHO y lo publicará en la Plataforma SoHO de la UE.
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