Art. 37 · Modificación del Reglamento (UE) 2019/942

Art. 37

Modificación del Reglamento (UE) 2019/942

En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 37 Modificación del Reglamento (UE) 2019/942 En el artículo 15 del Reglamento (UE) 2019/942, se añade el apartado siguiente: «8.   Cada tres años, la ACER, previa consulta a los Estados miembros, establecerá y hará público un conjunto de indicadores y los valores de referencia correspondientes para la comparación de los costes unitarios de inversión relacionados con la medición, cuantificación, seguimiento, notificación, verificación y reducción, incluidos el venteo y la combustión en antorcha, de las emisiones de metano para proyectos comparables. Formulará recomendaciones sobre los indicadores y los valores de referencia de los costes unitarios de inversión a efectos del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2024/1787 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1), tal como se establece en el artículo 3 de dicho Reglamento.
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