Art. 39
Métodos de ensayo, medición y cálculo
En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 39
Métodos de ensayo, medición y cálculo
1. Para los fines de cumplimiento y verificación del cumplimiento de los requisitos de diseño ecológico, se llevarán a cabo ensayos, mediciones y cálculos utilizando para ello normas armonizadas u otros métodos fiables, precisos y reproducibles que tengan en cuenta los métodos más avanzados generalmente aceptados. Dichos métodos cumplirán los requisitos relativos a los métodos de ensayo, medición y cálculo establecidos en los actos delegados pertinentes adoptados en virtud del artículo 4.
2. Cuando establezca el requisito de uso de las herramientas digitales en virtud del artículo 4, apartado 6, letra c), inciso iii), la Comisión tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a)
la necesidad de garantizar la aplicación armonizada de los métodos relativos al cálculo, y
b)
la necesidad de minimizar la carga administrativa impuesta a los operadores económicos.
Las herramientas en línea serán de acceso gratuito para los operadores económicos.
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