Art. 4
Solicitud de inclusión en el programa de trabajo para la revisión paulatina
En vigor desde 29 may 2024
Artículo 4
Solicitud de inclusión en el programa de trabajo para la revisión paulatina
1. Cualquier parte interesada que desee presentar una solicitud, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, para la aprobación de un protector o un sinergista incluido en la lista mencionada en el artículo 3, apartado 1 podrá presentar una solicitud de inclusión de dicho protector o sinergista en el programa de trabajo para su revisión paulatina a más tardar el 19 de junio de 2025.
La solicitud se presentará por vía electrónica a la Comisión a través de la siguiente dirección: sante-secteur-ppp@ec.europa.eu, y contendrá la información que figura en el anexo II.
2. En el plazo de un mes a partir de la recepción de una solicitud de inclusión de un protector o un sinergista en el programa de trabajo para la revisión paulatina, la Comisión indicará, en la lista a que se refiere el artículo 3, apartado 1, del presente Reglamento, que se ha presentado una solicitud con arreglo al apartado 1 del presente artículo para la sustancia o preparado correspondiente. Las partes que soliciten la inclusión de un protector o un sinergista en la revisión paulatina también serán informadas por la Comisión de los datos de contacto de otras partes que soliciten la inclusión en la revisión del mismo protector o sinergista.
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