Art. 3 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 3

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 23 abr 2024
Artículo 3 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La parte A, punto 2, letras a) y b), del anexo serán aplicables a partir del 16 de septiembre de 2024.
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