Art. 3 · Requisitos de diseño ecológico

Art. 3

Requisitos de diseño ecológico

En vigor desde 18 abr 2024
Artículo 3 Requisitos de diseño ecológico 1.   Los aparatos de calefacción local y los controles vinculados independientes a que se refiere el artículo 1 deberán cumplir los requisitos de diseño ecológico establecidos en el anexo II. 2.   El cumplimiento de los requisitos de diseño ecológico se medirá y calculará de conformidad con los métodos establecidos en los anexos III y IV.
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