Art. 88
Procedimiento de comité
En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 88
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por el Comité de la Política de Calidad de los Productos Agrícolas en lo relativo a los productos agrícolas, al vino y a las bebidas espirituosas. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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