Art. 20
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 2 abr 2024
Artículo 20
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable desde ese mismo día. Los artículos 3, 4, 5, 7, 11 y 15 serán aplicables a partir del 22 de octubre de 2024.
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