Art. 10
Medidas a favor de la innovación
En vigor desde 13 mar 2024
Artículo 10
Medidas a favor de la innovación
1. El Comité podrá proponer que la Comisión elabore medidas a favor de la innovación para apoyar el desarrollo y la adopción de soluciones innovadoras de interoperabilidad en la Unión (en lo sucesivo, «medidas a favor de la innovación»).
2. Las medidas a favor de la innovación contribuirán al desarrollo de soluciones existentes o nuevas de la Europa Interoperable y podrán contar con el concurso de los agentes de «GovTech».
3. A fin de apoyar el desarrollo de medidas a favor de la innovación, el Comité podrá proponer la creación de un espacio controlado de pruebas de interoperabilidad.
4. La Comisión pondrá a disposición del público los resultados de las medidas a favor de la innovación en el portal de la Europa Interoperable.
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