Art. 10 · Medidas a favor de la innovación

Art. 10

Medidas a favor de la innovación

En vigor desde 13 mar 2024
Artículo 10 Medidas a favor de la innovación 1.   El Comité podrá proponer que la Comisión elabore medidas a favor de la innovación para apoyar el desarrollo y la adopción de soluciones innovadoras de interoperabilidad en la Unión (en lo sucesivo, «medidas a favor de la innovación»). 2.   Las medidas a favor de la innovación contribuirán al desarrollo de soluciones existentes o nuevas de la Europa Interoperable y podrán contar con el concurso de los agentes de «GovTech». 3.   A fin de apoyar el desarrollo de medidas a favor de la innovación, el Comité podrá proponer la creación de un espacio controlado de pruebas de interoperabilidad. 4.   La Comisión pondrá a disposición del público los resultados de las medidas a favor de la innovación en el portal de la Europa Interoperable.
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