Art. 7 · Derogación

Art. 7

Derogación

En vigor desde 13 mar 2024
Artículo 7 Derogación Queda derogado el Reglamento Delegado (UE) n.o 1198/2014 con efecto a partir del 1 de enero de 2025. No obstante, el Reglamento a que se refiere el párrafo primero seguirá aplicándose, en el caso de la RDSA, a los años de referencia anteriores al año informativo de 2025 y, en el caso de las encuestas relativas a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas de la Unión, hasta la encuesta de 2023.
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