Art. 1
Objeto
En vigor desde 11 mar 2024
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece un código de red que fija normas sectoriales específicas para los aspectos relativos a la ciberseguridad de los flujos transfronterizos de electricidad, incluidas normas sobre los requisitos mínimos comunes, la planificación, la supervisión, la información y la gestión de crisis.
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