Art. 18 · Modificaciones del Reglamento (UE) 2021/697

Art. 18

Modificaciones del Reglamento (UE) 2021/697

En vigor desde 29 feb 2024
Artículo 18 Modificaciones del Reglamento (UE) 2021/697 En el Reglamento (UE) 2021/697, el artículo 4 se modifica como sigue: 1) El apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/695, la dotación financiera para la ejecución del Fondo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 será de 9 453 000 000 EUR a precios corrientes.» . 2) En el apartado 2, las letras a) y b) se sustituyen por el texto siguiente: «a) 3 151 000 000 EUR para acciones de investigación; b) 6 302 000 000 EUR para acciones de desarrollo.». 3) se añade el apartado siguiente: «5.   Se asignará un importe de 1 500 000 000 EUR a precios corrientes del importe indicado en el apartado 2 a convocatorias o adjudicaciones de financiación destinadas a apoyar inversiones que contribuyan a los objetivos de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) a que se refiere el artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo (*11). (*11)  Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se crea la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) y se modifican la Directiva 2003/87/CE y los Reglamentos (UE) 2021/1058, (UE) 2021/1056, (UE) 2021/1057, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 223/2014, (UE) 2021/1060, (UE) 2021/523, (UE) 2021/695, (UE) 2021/697 y (UE) 2021/241 (DO L, 2024/795, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/795/oj).»."
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