Art. 1 · Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 152/2009

Art. 1

Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 152/2009

En vigor desde 29 feb 2024
Artículo 1 Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 152/2009 El Reglamento (CE) n.o 152/2009 se modifica como sigue: 1) En el artículo 1, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: «El muestreo para el control oficial de los piensos, en particular en lo que se refiere a la determinación de los componentes, incluido el material que esté compuesto por organismos modificados genéticamente (OMG), los contenga o haya sido producido a partir de ellos, los aditivos tal como se definen en el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1), y las sustancias indeseables tal como se definen en la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*2), se llevará a cabo de acuerdo con los métodos expuestos en el anexo I, a excepción del muestreo para el control de la contaminación microbiológica. (*1)  Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (DO L 268 de 18.10.2003, p. 29)." (*2)  Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de mayo de 2002, sobre sustancias indeseables en la alimentación animal (DO L 140 de 30.5.2002, p. 10).»." 2) El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. 3) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento. 4) El anexo III se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento. 5) El anexo IV se sustituye por el texto que figura en el anexo IV del presente Reglamento. 6) El anexo V se sustituye por el texto que figura en el anexo V del presente Reglamento. 7) El anexo VII se sustituye por el texto que figura en el anexo VI del presente Reglamento. 8) Se suprime el anexo VIII.
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