Art. 4 · Entrada en vigor

Art. 4

Entrada en vigor

En vigor desde 28 feb 2024
Artículo 4 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 8 de mayo de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026.
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